El Congreso del Estado de Michoacán aprobó una reforma integral al marco legal de protección animal, con sanciones que alcanzan hasta ocho años de cárcel y lineamientos más definidos para la atención de estos casos. El dictamen reúne propuestas impulsadas en los últimos años, entre ellas las motivadas por la agresión contra una perrita atribuida a un expresidente municipal; la iniciativa del diputado Octavio Ocampo para homologar normas oficiales mexicanas; y la del diputado Juan Carlos Barragán, enfocada en la sustracción de animales como forma de represalia.
Durante la sesión, el Pleno del Legislativo estableció con precisión qué conductas serán consideradas maltrato o crueldad: desde herir, golpear, torturar o incitar peleas entre animales, hasta mantenerlos encadenados, enjaulados o con movilidad restringida. También se sancionarán actos de índole sexual, así como el abandono en calles, viviendas, carreteras o edificios.
La reforma faculta además a las autoridades para ingresar a inmuebles cuando exista riesgo para la vida de un animal no humano, siempre que se trate de propiedades abandonadas o en las que no se logre ubicar a las personas responsables.
Entre las prohibiciones añadidas se encuentra el uso de animales en protestas, marchas o plantones si esto les provoca sufrimiento; su venta en mercados o por medios digitales; y la organización o facilitación de espacios para peleas de perros. Asimismo, queda prohibido operar criaderos en espacios no destinados a ello, realizar mutilaciones sin beneficio para el animal y emplear pirotecnia que supere los 80 decibeles.
Respecto a las sanciones, la nueva legislación establece que el delito de crueldad animal será castigado con penas de tres a ocho años de prisión y 100 a 500 días de multa, incrementándose hasta la mitad si el daño implicó sufrimientos graves, y hasta una tercera parte adicional si la persona responsable es servidora pública.
El maltrato animal se sancionará con dos a cinco años de prisión y 50 a 300 días de multa, mientras que el maltrato equiparado implicará dos a seis años de prisión y 30 a 300 días de multa. En ambos casos, las penas aumentarán hasta en una mitad cuando el responsable sea funcionario público.
Finalmente, la sustracción de un animal doméstico con intención de causar daño al dueño o poseedor se castigará con dos a cinco años de prisión y 50 a 300 días de multa. La reforma precisa que no se considerará delito cuando la extracción del animal se realice en actividades de rescate.