Las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos Primera del Senado aprobaron por unanimidad el dictamen que obliga a los patrones a prever asientos o sillas con respaldos a los trabajadores de servicios, comercio y análogos.
La reforma prohíbe a los empleadores a obligar a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante una jornada laboral completa, principalmente en las áreas de servicios y comercio.
El proyecto modifica la Ley Federal del Trabajo, y establece que dicha condición sólo podrá limitarse cuando el trabajo implique riesgos a la seguridad e integridad, derivados de tomar asiento durante el desarrollo de su labor.
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El incumplimiento de dicha obligación se sancionará con una multa de 250 mil a dos mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMAS), que equivale a 25 mil 935 y hasta 259 mil 350 pesos, y en caso de reincidencia y a juicio de la Inspección Laboral se pueda ordenar la suspensión temporal del comercio o empresa.
El presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Napoleón Gómez, expuso que de acuerdo con un estudio, las ocupaciones donde predominaba el estar de pie se asocia con un riesgo dos veces más alto de sufrir una enfermedad cardíaca.
Además, está demostrado que permanecer de pie por largos periodos tiene efectos dañinos en la salud que van desde dolores musculares así como afectaciones a la circulación como varices, hemorroides, infartos o hasta un derrame cerebral.
Luego de ser publicado el decreto tendrá 180 días para entrar en vigor y los empleadores la apliquen en los centros de trabajo.