La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) que avaló dictar medidas cautelares para Morena, así como para sus militantes y simpatizantes en los recorridos de las “corcholatas”.
Los magistrados avalaron que los actos “no contengan elementos proselitistas, se realicen preferentemente en lugares pertenecientes al partido, se dirijan a la militancia y simpatizantes y no se emitan expresiones de índole electoral”, entre otras cuestiones.
El asunto tuvo su origen en la convocatoria para el proceso de selección de la persona coordinadora nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030 emitida por Morena, respecto a la cual la comisión declaró procedentes una serie de medidas cautelares con relación a las acciones que se podrían realizar con sustento en dicho instrumento.
También se presentaron diversas denuncias por actos anticipados de precampaña y campaña en contra de varias personas.
Morena y una de las personas denunciadas expusieron diversos motivos de agravios englobados en dos temáticas: en la primera, se argumentó la indebida determinación de la procedencia de las medidas cautelares; en la segunda, se alegó que las medidas adoptadas no eran razonables y, por lo tanto, debían revocarse.
Por otra parte, el denunciante dirigió sus agravios a evidenciar que las medidas concedidas resultaban insuficientes y, en consecuencia, buscó que se ordenara la suspensión de todos los actos que se realizaran con motivo del proceso de selección de la coordinación nacional.
La Sala Superior confirmó que la motivación empleada por la responsable para la concesión de la medida cautelar resultaba adecuada, al fincarse en un análisis preliminar en el cual consideró que los hechos denunciados podrían constituir actos anticipados por las manifestaciones expresadas en los eventos, y porque fueron en lugares abiertos al público y no solo a la militancia.