Un tribunal federal del Primer Circuito de Apelaciones, con sede en Boston, dictaminó que el presidente Donald Trump no puede restringir el derecho a la ciudadanía estadounidense por nacimiento, al mantener bloqueada la Orden Ejecutiva 14160, firmada el 20 de enero de 2025 bajo el título “Protecting the Meaning and Value of American Citizenship”.
El decreto, una de las piezas centrales de la agenda migratoria de Trump, pretendía negar la ciudadanía a los bebés nacidos en territorio estadounidense de padres sin residencia legal o con estatus temporal, exigiendo que al menos uno de ellos fuera ciudadano o residente permanente. Según el plan, la norma comenzaría a aplicarse a todos los nacimientos ocurridos después del 19 de febrero de 2025.
El panel de jueces consideró que la orden ejecutiva viola directamente la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda, que establece que “todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos, y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanos de los Estados Unidos y del Estado en que residan”.
En su resolución, los magistrados recordaron que la interpretación de esa cláusula fue definida hace más de un siglo en el histórico caso United States v. Wong Kim Ark (1898), donde la Corte Suprema reconoció el principio de jus soli: nacer en suelo estadounidense confiere ciudadanía sin importar el origen de los padres.
La decisión de Boston se suma al fallo del Noveno Circuito, que en julio también mantuvo suspendida la orden. Ambos tribunales coincidieron en que la Casa Blanca carece de autoridad para modificar por decreto un principio constitucional, y que cualquier intento de redefinir el derecho a la ciudadanía requeriría una enmienda constitucional aprobada por el Congreso y los estados.
Con esta nueva sentencia, el decreto de Trump permanece bloqueado a nivel nacional. Las agencias federales, incluido el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), están obligadas a seguir reconociendo como ciudadanos a todos los menores nacidos en territorio estadounidense, sin importar el estatus migratorio de sus padres.
La administración de Trump ya presentó una solicitud para que la Corte Suprema atraiga el caso, con la esperanza de obtener un fallo favorable que le permita reactivar la medida. Pero los expertos advierten que la composición actual del máximo tribunal no garantiza una mayoría dispuesta a reinterpretar un principio constitucional sostenido desde 1868.
Más allá del aspecto jurídico, el fallo brinda certidumbre inmediata a millones de familias migrantes. Entre ellas destacan las mexicanas, particularmente las originarias de Michoacán, uno de los estados con mayor presencia en Estados Unidos.
Se estima que más de 4.3 millones de michoacanos radican al norte del río Bravo, y que cada año nacen decenas de miles de hijos de padres michoacanos en territorio estadounidense. Para esas familias, el fallo no es solo una victoria legal, sino un respiro frente a la incertidumbre que implicaría perder el derecho a la ciudadanía automática.
En el plano político, la resolución marca un nuevo choque entre el poder judicial y la administración federal, que ha intentado redefinir la identidad nacional desde criterios de exclusión. El tribunal recordó que la Constitución no puede ser reinterpretada por decreto, y que el principio de ciudadanía por nacimiento forma parte del núcleo mismo del Estado de derecho estadounidense.
El mensaje, más allá de la coyuntura, es contundente: ningún presidente puede borrar una enmienda constitucional con un plumazo. Por ahora, el derecho que desde hace más de 150 años garantiza que todo niño nacido en suelo estadounidense sea ciudadano permanece intacto, como una de las últimas certezas frente al vaivén político.