CURP biométrica: ¿Cuándo inicia y qué pasa si no la tramitas?
evangelio | 5 julio, 2025

La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley General de Población que establece la obligatoriedad de la CURP biométrica como documento oficial de identificación en México.

Esta nueva versión de la Clave Única de Registro de Población integrará huellas dactilares, fotografía, escaneo de iris y firma electrónica. El decreto aún debe ser promulgado por el Ejecutivo Federal y publicado en el Diario Oficial de la Federación para su entrada en vigor.

Una vez publicado, las autoridades contarán con 90 días naturales para implementar el nuevo sistema. Por el momento, el trámite está disponible únicamente en algunos municipios de Veracruz como parte de un programa piloto, con una duración aproximada de 20 minutos por persona.

El nuevo documento será válido en formato físico y digital, y será indispensable para realizar trámites gubernamentales, acceder a servicios públicos e incluso para el registro en el Sistema Nacional de Salud.

La Secretaría de Gobernación será la instancia responsable de coordinar la recopilación de datos biométricos y los lineamientos para su implementación.

Para tramitar la CURP biométrica se deberá presentar acta de nacimiento certificada, identificación oficial, CURP tradicional, comprobante de domicilio, correo electrónico activo y, en caso de menores, la presencia de un tutor legal.

Las personas que no cumplan con la obligación podrían ser sancionadas con multas de hasta 20 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).

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