Deudores alimentarios podrían quedarse sin pasaporte con nuevas reglas de la SRE
evangelio | 30 agosto, 2026

Las personas inscritas como deudoras morosas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias podrían enfrentar una nueva restricción para obtener o renovar su pasaporte, de acuerdo con un anteproyecto de reforma al Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje presentado por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) para consulta pública.

La propuesta contempla incorporar como impedimento para expedir el documento el hecho de aparecer en dicho registro como deudor alimentario moroso. Antes de autorizar un pasaporte nuevo o una renovación, la Cancillería verificaría la información y, en caso de encontrar una inscripción vigente, rechazaría el trámite.

Aunque esta medida ya está contemplada en la legislación mexicana, todavía no se encuentra desarrollada de manera específica en el reglamento de pasaportes. Desde mayo de 2023, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece diversas restricciones para quienes incumplen con el pago de pensiones alimenticias, entre ellas la imposibilidad de tramitar un pasaporte.

El proyecto también plantea modificaciones para reducir los documentos que deben presentar los ciudadanos al solicitar el pasaporte.

La SRE dejaría de requerir de manera automática actas impresas de nacimiento, matrimonio o defunción. Primero consultaría sus propias bases de datos y las de otras autoridades para verificar la información. El documento original únicamente sería solicitado cuando los datos no puedan ser localizados mediante esos mecanismos.

La medida también contempla casos relacionados con actas de matrimonio utilizadas para incorporar el apellido del cónyuge, así como documentos de adopción.

Otro de los cambios eliminaría la obligación de presentar pruebas adicionales para quienes fueron registrados después de los tres años de edad. Entre los documentos que hasta ahora pueden solicitarse se encuentran certificados escolares y actas de matrimonio de los padres.

Esta exigencia ha representado una dificultad principalmente para personas de comunidades rurales o con menos recursos, debido a la dificultad para conseguir documentos antiguos.

El anteproyecto también propone reconocer la CURP biométrica como documento de identificación válido para solicitar el pasaporte.

La medida aplicaría tanto para personas adultas como para niñas, niños y adolescentes, con lo que se busca actualizar los mecanismos de identificación utilizados durante el procedimiento.

Además, el reglamento sería actualizado para adecuarlo a los cambios derivados de la reforma judicial de 2024. Entre las modificaciones se encuentran las referencias al Órgano de Administración Judicial y al Tribunal de Disciplina Judicial, en sustitución de las instituciones que anteriormente aparecían en la normativa.

También serían eliminadas las referencias al Estado Mayor Presidencial, debido a que dicha institución dejó de existir.

En caso de que la reforma sea aprobada y entre en vigor, los pasaportes que ya fueron expedidos no perderán su validez. Estos documentos podrán utilizarse hasta la fecha de vencimiento que tengan establecida.

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