En México, la legislación vigente obliga a las sociedades de información crediticia como el Buró de Crédito a eliminar de manera automática ciertos registros negativos del historial financiero de las personas cuando se cumplen los tiempos máximos de permanencia establecidos por ley. Esto ocurrirá en marzo, siempre que se cumplan requisitos específicos de tiempo y monto.
De acuerdo con la normativa, los registros correspondientes a deudas que se mantienen en mora desaparecen del historial crediticio al cumplirse periodos que varían según el monto de la deuda, medido en Unidades de Inversión (UDIS):
Los adeudos menores a 25 UDIS que cumplan un año en marzo serán eliminados.
Los montos entre 25 y 500 UDIS que tengan dos años de antigüedad también se borrarán.
Las deudas entre 500 y 1 000 UDIS que cumplan cuatro años dejarán de aparecer.
Para adeudos mayores a 1 000 UDIS la permanencia máxima es de seis años, siempre que no estén en proceso judicial ni impliquen fraude.
La eliminación de estos registros se realiza de forma automática por la ley, sin que las personas tengan que realizar trámites específicos, siempre que se cumplan las condiciones establecidas. La actualización de la base de datos significa que para quienes tenían registros negativos que entraron a mora en los años correspondientes conforme a los montos, marzo es la fecha en la que dichos antecedentes desaparecerán de su reporte crediticio.
A partir de este proceso en finanzas señalan que este procedimiento forma parte de las disposiciones que regulan la operación de las sociedades de información crediticia, y que están orientadas a reflejar la antigüedad de las deudas en lugar de mantener registros indefinidos, siempre dentro de los límites que establece la ley.