Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazara la solicitud de la ministra Lenia Batres Guadarrama para inscribirla al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) y la reducción de su salario, ella misma tramitará dichas acciones por otras vías.
La funcionaria del máximo tribunal del país compartió un oficio de la Dirección General de Recursos Humanos de la Suprema Corte que explicaba por qué se le negaron sus peticiones sobre salario y prestaciones al integrarse al Pleno de la SCJN.
Según el oficio, los ministros de la Suprema Corte no tienen derecho a los beneficios del sistema de seguridad social, ya que son considerados “patrones”, y cuentan con seguro de gastos médicos mayores y seguro de vida.
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La Corte rechazó también su solicitud de no tener un salario superior al del Presidente de la República, argumentando que está obligada a cumplir la normatividad en materia de servicios personales que la rige.
La ministra Batres señaló que el oficio no menciona la existencia de una nueva Ley de Remuneraciones vigente, lo que aparentemente invalida la aplicación de los artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos a los que aludió la funcionaria para su solicitud.
“Hay un artículo 127 que pone límite a la remuneración de las personas servidoras públicas y por disposición del propio Congreso, constituido como constituyente permanente, pues se puso como límite, como tope máximo salarial, el salario Presidente de la República, entonces los ministros y ministras estamos obligados a no rebasar esa remuneración”, argumentó.