A pesar de que el Código Penal Federal castiga la elaboración de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, a nivel local sólo los estados de Puebla, Chihuahua y Chiapas completan esa modalidad de violación a la intimidad sexual, por lo que la Ley Olimpia queda sin efectos en 25 de las 28 entidades en donde ha sido aprobada.
La impulsora de la Ley, Olimpia Coral Melo, afirmó que la Inteligencia Artificial, herramienta que ha tenido un gran auge durante los últimos años, pone en vulnerabilidad a todas las personas, ante la posibilidad no sólo de modificar imágenes y videos, sino de crear contenido de cualquier tipo sin necesidad de ningún respaldo ni conocimiento de quien es vulnerado.
La activista aseguró que la modificación hecha al Artículo 199 Octies del Código Penal Federal contempla un castigo de hasta seis años en prisión y multa de hasta mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, 103 mil 740 pesos a quien divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.
Así como quien video grabe, audio grabe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización.
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No obstante, reconoció que en cada uno de los estados al interior de la República, los códigos penales cuentan con una adecuación propia de los preceptos que incluye la Ley Olimpia, por lo que comentó que ahora se encuentran en una ruta de visita a las entidades que ya cuentan con la Ley vigente, pero que requiere modificaciones conforme a los cambios en la dinámica digital.
En el caso de Michoacán, los Artículos 195 y 195 bis fueron modificados en 2020 para contemplar un castigo a quienes ejerzan violencia digital a la intimidad sexual. Sin embargo, dichas reformas del Código Penal Estatal sólo contemplan sanciones a quien capture, circule, obtenga y publique contenido sexual o genital de una persona, no se habla de la creación ni modificación de contenidos íntimos.
Primera sanción por uso de IA para contenidos sexuales en México
En octubre, la Fiscalía General de la Ciudad de México abrió una carpeta de investigación en contra de Diego “N”, alumno del Instituto Nacional Politécnico (IPN), quien fue acusado por sus compañeras del presunto almacenamiento, distribución y comercialización de 166 mil fotografías que habrían sido modificadas con Inteligencia Artificial para ser vendidas con sus rostros y cuerpos desnudos.
A los pocos días de la denuncia, Diego fue expulsado del IPN, acorde a lo informado por el plantel educativo. Mientras que para fin de mes, un juez de control vinculó a proceso al estudiante de la Escuela Superior de Comercio y Administración, ante su presunta participación en el delito contra la intimidad sexual, en agravio de estudiantes del IPN.
Mientras la investigación corre su curso, Diego se mantendrá dos meses en prisión preventiva.