La agrupación mexicana Los Alegres del Barranco obtuvo un amparo para poder hacer conciertos en el territorio michoacano, luego de que entrara en vigor el decreto gubernamental que prohíbe la apología del delito en espectáculos públicos.
La petición llegó a la oficina del juez Sergio Santamaría Chamú, titular del Juzgado Primero de Distrito en Michoacán, quien ha concedido la suspensión provisional al considerar que el decreto afecta la libertad de expresión y el derecho al trabajo de agrupaciones musicales, según consta en el juicio de amparo 518/2025.
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El argumento principal del juez se basa en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el que se garantiza la libertad de buscar, recibir y difundir ideas por cualquier medio sin censura previa. También citó los derechos protegidos en la Constitución Mexicana, específicamente en sus artículos 1,5,6 y 7.
De esta forma, la suspensión del juez impide que cualquier autoridad cancele las presentaciones de Los Alegres del Barranco, e incluso que condicionen su repertorio musical.
Al ser una medida cautelar, el juez programó una audiencia para el 15 de mayo, donde se podría ratificar o revocar la suspensión y regresar a lo que señala el decreto, que prohíbe la interpretación de corridos tumbados, narcocorridos, corridos alterados, corridos progresivos, corridos bélicos o cualquier otro género que enaltezca las actividades del crimen organizado.