La explotación laboral está más cerca de lo que pensamos, el último ejemplo de ello es el mundial de Qatar, en la construcción de los estadios de futbol trabajaron personas con horarios laborales de hasta 20 horas diarias por siete días a la semana.
Casos similares son los de los trabajadores que prestan sus servicios en una fábrica de plásticos en Ecatepec, Estado de México, quienes en su desesperación no saben a quién recurrir.
Uno de los testigos, Juan (nombre ficticio para proteger su identidad) trabaja una jornada laboral cercana a las 69 horas por semana, diariamente cumple con turnos de 12 horas.
“Entramos a las 07:00 y salimos a las 19:00; el segundo turno laboral es de 19:00 a 19:00. El día sábado, en el primer turno, trabajamos de 07:00 a las 16:00 y eso es considerado por el patrón como medio día”, relata.
Él y sus compañeros son parte de los 4.8 millones de trabajadores subordinados en el país que laboran jornadas superiores a las 56 horas por semana, según cifras de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).
Este mes de junio entró en vigor la reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos que, entre otras modificaciones, agrega las jornadas de trabajo superiores a los límites legales como delito de explotación laboral.
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Es decir, cuando un horario de trabajo exceda las 48 horas por semana, y también se superen las nueve horas extra semanales, límite del tiempo extraordinario, se configura la explotación laboral.
Además de su tiempo de trabajo extenso, Juan recibe su pago en efectivo, en un sobre. “A algunos compañeros no les proporcionaron seguro social, y los que sí lo tenemos, estamos registrados con el salario mínimo”, comparte.
Con la reforma, al presentarse casos con horarios laborales superiores a los límites establecidos en la Ley Federal del Trabajo, el delito se castigará con una pena de entre tres y 10 años de prisión, más una sanción que va de 50 mil a 15 mil días multa.
Andrea es consultora de marketing y su jornada comienza a las 5:30; pero en algunas ocasiones son las 10:00 y continua al frente de la computadora. Por supuesto, sin el pago de horas extra.
“Para mí era algo normal, hasta que vi las notas donde decía que las jornadas tan extensas implicaban explotación laboral. Ahora quiero saber ¿qué puedo hacer?”, comenta.
¿Cómo se denuncian las jornadas extensas?
En primera instancia, pueden presentar una denuncia ante la Secretaría del Trabajo para que la dirección de inspección haga una visita y revise las condiciones generales de trabajo.
Con la inspección se acredita que existe explotación laboral. Con la visita también se verificaría que se están cumpliendo todas las obligaciones de los patrones con sus trabajadores.
La denuncia se puede realizar de manera anónima al correo electrónico [email protected], compartiendo el motivo de denuncia, el nombre de la empresa, la dirección y otros datos que ayuden a la dependencia a analizar el caso. Esto derivaría en una inspección extraordinaria.