La prórroga que dio el SAT para que los pequeños contribuyentes activen su firma electrónica y el buzón tributario, así como para emitir facturas con las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”, vence el 2 de octubre.
Lo anterior aplica para todos los contribuyentes que se dediquen a una actividad empresarial o profesional que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
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Prácticamente todos los pequeños negocios y las personas que sean prestadores de servicios profesionales pertenecen al régimen Resico, así como también quienes obtuvieron ingresos por el arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales.
También están contemplados todos aquellos que están en el régimen conocido como AGAPES y se dediquen a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
Se trata de personas físicas que tengan ingresos anuales de hasta de 3.5 millones de pesos, y que deben pagar una tasa del impuesto sobre la renta (ISR) que va desde 1 % hasta 2.5 %.