Productores de aguacate no necesitan certificado laboral; exportadores deben tramitarlo
evangelio | 23 octubre, 2026

Los productores de aguacate en Michoacán no están obligados a tramitar el Certificado Laboral para la Agroexportación (CLA), ya que la responsabilidad recae en las empresas exportadoras, incluso cuando estas también participan en la producción o el empaque del fruto.

El trámite forma parte de los requisitos establecidos en la plataforma de Verificación Laboral para la Agroexportación (Velagro), mediante la cual las empresas exportadoras deben gestionar el documento para cumplir con las disposiciones laborales aplicables a la comercialización del aguacate.

En cuanto a los pequeños productores, quienes tienen huertas de cinco hectáreas o menos y trabajan exclusivamente con integrantes de su familia, como esposa e hijos, no necesitan registrarse como patrones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de acuerdo con los criterios de orientación del programa.

La situación cambia cuando emplean a personas ajenas al núcleo familiar, pues en ese caso deben cumplir con las obligaciones laborales y de seguridad social correspondientes.

Aunque los productores no tienen que gestionar el certificado, los empaques pueden solicitarles datos para identificar las huertas que forman parte de su cadena de suministro. Entre la información requerida están el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), los datos de identificación de la unidad de producción y su geolocalización.

La entrega de estos datos no implica que los agricultores deban tramitar el CLA, una distinción que busca evitar confusiones sobre las responsabilidades de cada participante en la cadena de exportación.

La orientación sobre estos procedimientos está a cargo de la Secretaría de Desarrollo Económico de Michoacán, mediante su Subsecretaría del Trabajo y Previsión Social, en coordinación con la dependencia federal del ramo.

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