La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó atraer el amparo directo promovido por el influencer Rodolfo ‘Fofo’ Márquez Alcaraz, con lo que quedó sin efecto su intento de que el máximo tribunal revisara la sentencia de 17 años y seis meses de prisión que le fue impuesta por el delito de feminicidio en grado de tentativa.
La decisión fue tomada luego de que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito solicitara a la Corte ejercer su facultad de atracción para establecer criterios sobre cuándo una agresión violenta contra una mujer puede ser considerada tentativa de feminicidio. Sin embargo, la mayoría de las ministras y ministros determinó que el asunto no reunía los requisitos de interés y trascendencia necesarios para que fuera resuelto por el máximo tribunal.
Con esta resolución, el proceso continuará en el tribunal correspondiente y la condena dictada previamente permanecerá vigente, por lo que el creador de contenido seguirá privado de la libertad mientras se agotan las vías legales ordinarias.
El caso se originó tras la agresión cometida contra Edith “N” en febrero de 2024, cuando Márquez la golpeó en el estacionamiento de una plaza comercial en Naucalpan, hecho que fue captado en video y ampliamente difundido en redes sociales. Posteriormente fue declarado culpable por feminicidio en grado de tentativa y sentenciado a 17 años y seis meses de prisión, además del pago de una multa y una reparación del daño destinada al tratamiento psicológico de la víctima.
Durante la discusión sobre la facultad de atracción, únicamente las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama votaron a favor de que la Corte revisara el asunto, al considerar que podría servir para fijar criterios judiciales en casos relacionados con violencia de género. No obstante, la mayoría rechazó la propuesta, dejando firme la sentencia y sin que el máximo tribunal emitiera un pronunciamiento de fondo sobre la tipificación del delito.