Senado aprueba penalizar terapias de conversión sexual en menores
evangelio | 26 abril, 2024

El pleno del Senado de la República aprobó un dictamen que prohíbe y sanciona penalmente las terapias de conversión sexual en menores de edad, por representar prácticas que vulneran la integridad de las personas.

Con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, la minuta fue avalada sin discusión y fue celebrada por un colectivo de la comunidad LGBT+ que se encontraba en el recinto.

La reforma establece penas de dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quienes realicen terapias de conversión sexual a menores de edad.

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La pena se duplicará, llegando hasta 12 años de cárcel, cuando las conductas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

Además, se determina que las personas profesionales de la salud que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos o terapias para cambiar la orientación sexual o identidad de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal y suspendidas en el ejercicio profesional de uno a tres años.

La minuta, que fue turnada al Ejecutivo federal para su promulgación, establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que cumplan con las características del delito al que se refiere ese precepto.

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