Tribunal de Michoacán determina que Fernández Noroña ejerció violencia política de género contra alcaldesa de Uruapan
evangelio | 7 julio, 2026

El senador de Morena, Gerardo Fernández Noroña, será inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolviera que incurrió en este tipo de violencia en perjuicio de la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Quiroz García.

En sesión pública, las magistradas y magistrados del órgano jurisdiccional aprobaron por unanimidad la resolución, al concluir que las expresiones realizadas por el legislador trascendieron el debate político y buscaron desacreditar a la alcaldesa por su condición de mujer, afectando sus derechos político-electorales.

El Tribunal consideró que los señalamientos emitidos por Fernández Noroña pretendían restar legitimidad a las aspiraciones políticas de Quiroz García, particularmente ante la posibilidad de competir por la gubernatura de Michoacán, al relacionarlas con aspectos personales en lugar de valorar su trayectoria y desempeño en el servicio público.

Como parte de la sentencia, el TEEM declaró acreditada la infracción y ordenó diversas medidas de reparación integral a favor de la alcaldesa. Además, dio vista a la Mesa Directiva del Senado de la República para que actúe conforme a sus atribuciones y notificó la resolución al Instituto Nacional Electoral (INE), al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para los efectos legales correspondientes.

El conflicto inició en febrero de este año, cuando Grecia Quiroz presentó una queja ante el IEM por publicaciones y declaraciones del senador. En una primera instancia, el instituto le concedió medidas cautelares y ordenó a Fernández Noroña retirar los videos señalados, además de abstenerse de emitir nuevas expresiones consideradas ofensivas. El legislador eliminó el contenido, aunque aseguró que la medida constituía un acto de censura y rechazó haber incurrido en conductas misóginas.

Posteriormente, el caso fue desechado por mayoría de votos en el Tribunal Electoral de Michoacán, bajo el argumento de que la alcaldesa había llegado al cargo por designación del Congreso del Estado y no mediante una elección popular, por lo que estimó que no se actualizaba la competencia en materia electoral.

Sin embargo, la Sala Regional Toluca revocó esa determinación en junio pasado. El órgano federal estableció que las mujeres que ocupan cargos públicos de manera interina, sustituta o por designación cuentan con los mismos derechos político-electorales y con la misma protección frente a la violencia política de género que aquellas electas mediante el voto ciudadano.

Tras esa resolución, el expediente regresó al Tribunal michoacano, que emitió un nuevo fallo, ahora declarando existente la violencia política en razón de género y ordenando la inscripción del senador en el registro nacional de personas sancionadas por esta conducta.

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